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Rigor técnico y discreción

Defensa en Agresiones y Abusos Sexuales en Marbella

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Delitos de agresiones y abusos sexuales

Más allá del marco general que dedicamos a esta materia en nuestro contenido sobre delitos comunes, la defensa técnica en los delitos contra la libertad sexual exige el dominio de dos cuestiones de altísima complejidad práctica: la valoración jurisprudencial de la declaración de la víctima cuando constituye la única prueba de cargo, y el complejo régimen transitorio derivado de las sucesivas reformas del Código Penal en esta materia desde 2022. En RAKH ABOGADOS afrontamos estos procedimientos con el rigor técnico que exige tanto la defensa del investigado como, cuando la posición del cliente lo requiere, la acusación particular de la víctima.

La declaración de la víctima como prueba de cargo: el triple test

Dado que estos delitos se cometen generalmente en la clandestinidad, sin testigos y con frecuencia sin evidencia forense concluyente, la jurisprudencia admite que la declaración de la víctima pueda constituir, por sí sola, prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia, siempre que supere un triple test consolidado: ausencia de incredibilidad subjetiva, esto es, inexistencia de móviles espurios de resentimiento, venganza o interés que priven al testimonio de aptitud para generar certidumbre; verosimilitud, mediante la corroboración del relato con datos objetivos de carácter periférico; y persistencia en la incriminación, entendida no como una repetición literal sino como la constancia sustancial de las diversas declaraciones a lo largo del procedimiento. La deficiencia en uno de estos parámetros no invalida automáticamente la declaración, pero cuando esta constituye la única prueba de cargo, una superación deficiente del conjunto impide que resulte apta por sí misma para sostener la condena.

Credibilidad frente a fiabilidad: un matiz reciente de enorme relevancia

El Tribunal Supremo ha introducido recientemente una distinción de gran calado práctico entre la credibilidad personal de la víctima y la fiabilidad de la información que aporta:

"...una víctima puede resultar personalmente creíble... y, sin embargo, facilitar información que no supera el umbral de fiabilidad por falta de coherencia interna, ausencia de corroboración o incompatibilidad con datos objetivos."

Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, STS 239/2025, de 13 de marzo de 2025

Esta distinción obliga al tribunal a valorar por separado ambas dimensiones, y constituye una de nuestras líneas defensivas más eficaces: la ausencia de móviles espurios no basta, por sí sola, para sostener una condena si el relato concreto no supera el contraste con la evidencia objetiva disponible. En sentido complementario, otra resolución reciente ha reconocido que las víctimas de estos delitos pueden mostrar una "línea de progresividad" en sus declaraciones, con modificaciones puntuales que no afectan al núcleo esencial del relato, doctrina que exige distinguir con precisión entre las contradicciones que afectan a lo sustancial —qué ocurrió, cuándo, cómo— y las que se limitan a detalles accesorios.

El régimen transitorio: de la reforma de 2022 a la corrección de 2023

La Ley Orgánica 10/2022 unificó los antiguos delitos de abuso y agresión sexual bajo una sola figura articulada en torno al consentimiento, con una nueva horquilla de penas cuyo límite mínimo resultó, en determinados supuestos, inferior al de la regulación anterior. En aplicación del principio constitucional de retroactividad de la ley penal más favorable del artículo 9.3 de la Constitución y del artículo 2.2 CP, numerosas condenas firmes fueron objeto de revisión a la baja. La Ley Orgánica 4/2023 corrigió posteriormente esta horquilla, reintroduciendo la distinción penológica entre la agresión sexual cometida con violencia o intimidación y la cometida sin ellas, si bien —como precisa su propia Exposición de Motivos— esta corrección solo resulta aplicable a los hechos cometidos desde su entrada en vigor, el 29 de abril de 2023, mientras que los hechos anteriores permanecen sometidos al marco de la Ley Orgánica 10/2022 en cuanto resulte más favorable. Determinar con precisión qué redacción del Código Penal resulta aplicable a cada asunto según la fecha de los hechos —y, en su caso, articular la solicitud de revisión de condena conforme a las reglas específicas fijadas por la Disposición Transitoria Segunda de la LO 4/2023— constituye un análisis técnico ineludible en cualquier procedimiento de esta naturaleza abierto o sentenciado en este periodo.

La distinción entre el tipo básico y el agravado por acceso carnal

Con independencia del régimen transitorio aplicable, el Código Penal vigente mantiene una distinción penológica relevante entre la agresión sexual del tipo básico del artículo 178 CP y su modalidad agravada del artículo 179 CP, reservada a los supuestos en que la agresión consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, con una pena considerablemente superior. La correcta calificación entre una y otra modalidad, así como la eventual concurrencia de las circunstancias agravantes adicionales del artículo 180 CP —actuación conjunta de dos o más personas, uso de armas u otros medios peligrosos, especial vulnerabilidad de la víctima, entre otras—, exige un análisis riguroso de los hechos probados que trabajamos con el máximo detalle técnico en cada procedimiento.

Nuestra estrategia

  • Para el investigado: sometemos a contraste técnico riguroso los tres parámetros de valoración de la declaración de la víctima, y analizamos con precisión qué redacción del Código Penal resulta aplicable a los hechos según su fecha de comisión.
  • Análisis de la fiabilidad frente a la credibilidad: examinamos la coherencia interna del relato y su contraste con la evidencia objetiva disponible, con independencia de la ausencia de móviles espurios de la víctima.
  • Para la víctima: articulamos la denuncia, la personación como acusación particular y la reunión de la prueba de corroboración periférica —informes periciales, mensajes, testigos de referencia— que refuerce la fiabilidad del relato ante el tribunal.
  • Revisión de condenas: cuando resulte procedente, analizamos la viabilidad de solicitar la revisión de sentencias firmes conforme al régimen transitorio y a la disposición más favorable aplicable.

¿Se enfrenta a una acusación por un delito contra la libertad sexual, o es usted víctima de estos hechos y necesita representación como acusación particular? La complejidad técnica de la valoración probatoria y del régimen transitorio vigente exige asesoramiento especializado inmediato. En RAKH ABOGADOS le atendemos con rigor y discreción en toda España.

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Preguntas frecuentes

¿Puede condenarse a alguien solo con la declaración de la víctima en un delito sexual?

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Glosario

Triple test de la declaración de la víctima

Criterio jurisprudencial para valorar si la sola declaración de la víctima puede sostener una condena por delito sexual: ausencia de incredibilidad subjetiva (sin móviles espurios), verosimilitud (corroborada con datos objetivos periféricos) y persistencia en la incriminación (constancia sustancial del relato, sin exigir repetición literal).

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