RAKH Abogados | Especialistas en Delitos Societarios: Defensa Penal Integral

En RAKH Abogados contamos con un equipo altamente especializado en la defensa de personas investigadas o afectadas por delitos societarios, un área del Derecho Penal Económico que abarca fraudes y conductas ilícitas dentro de sociedades mercantiles.

Los delitos societarios son ilícitos complejos que requieren un profundo conocimiento jurídico, contable y financiero, debido a la participación de órganos de administración, accionistas, contabilidad y la normativa mercantil y fiscal aplicable. Nuestro despacho combina experiencia procesal, formación en derecho societario y económico y estrategias jurídicas avanzadas, ofreciendo una defensa integral.

Concepto y regulación de los delitos societarios

Los delitos societarios están recogidos principalmente en los artículos 290 a 310 del Código Penal, e incluyen conductas ilícitas cometidas en el ámbito de sociedades mercantiles, como:

  1. Administración desleal (art. 295 CP)
    Actuaciones de administradores que causan un perjuicio patrimonial a la sociedad o a terceros por incumplimiento de deberes de diligencia y lealtad.

  2. Apropiación indebida societaria (art. 252 CP, aplicable al contexto empresarial)
    Uso de bienes de la sociedad para beneficio propio.

  3. Falsedad contable y documental (arts. 297 y 298 CP)
    Manipulación de libros, cuentas o documentos mercantiles para ocultar pérdidas, desviar fondos o presentar información falsa a socios, inversores o autoridades fiscales.

  4. Delitos societarios agravados
    Cometidos por miembros del consejo de administración, apoderados o personas con poder de representación que actúan con abuso de confianza, causando perjuicios graves a la sociedad o terceros.

Elementos comunes de los delitos societarios

Al igual que en otros delitos económicos, los delitos societarios exigen:

  1. Actuación dolosa: intención clara de causar un perjuicio patrimonial o incumplir deberes legales.

  2. Perjuicio económico: daño directo a la sociedad, accionistas, inversores o acreedores.

  3. Vulneración de deberes fiduciarios o legales: incumplimiento de normas mercantiles, estatutarias o de gestión societaria.

  4. Conexión causal: el daño debe derivarse de manera directa de la conducta delictiva.

En RAKH Abogados, realizamos un análisis exhaustivo de contabilidad, libros, contratos y registros de la sociedad para determinar responsabilidad penal y posibles defensas.

Principales modalidades de delitos societarios

1. Administración desleal (art. 295 CP)

Ocurre cuando los administradores actúan en beneficio propio o de terceros en perjuicio de la sociedad.
Caso práctico: STS 487/2017, de 25 de julio, condena a administradores que desviaron fondos a sociedades vinculadas, provocando graves pérdidas patrimoniales.

2. Apropiación indebida societaria

El uso indebido de fondos o bienes de la sociedad para fines personales constituye delito.
Ejemplo real: STS 312/2018, de 14 de mayo, confirma la condena de un gerente que transfirió dinero de la sociedad a su cuenta personal, causando un perjuicio económico evidente.

3. Falsedad contable y documental (arts. 297 y 298 CP)

Consiste en la manipulación de libros y cuentas para ocultar pérdidas o inflar beneficios.
Caso práctico: STS 154/2019, de 20 de febrero, confirma condena por falsedad contable en sociedades de inversión, destacando la relevancia de la intención de engañar a socios y autoridades.

4. Delitos societarios agravados

Se aplican cuando hay abuso de confianza, representación o actuación coordinada de varios responsables para causar un perjuicio sustancial.
Ejemplo: STS 256/2016, de 18 de marzo, condena a varios miembros de la junta directiva por desviar fondos de la sociedad hacia empresas vinculadas, calificando el delito como grave por la afectación a terceros.

1. ¿Qué son los delitos societarios?

Los delitos societarios son conductas ilícitas cometidas en el ámbito de sociedades mercantiles que causan perjuicio patrimonial a la sociedad, accionistas, inversores o terceros. Se regulan principalmente en los artículos 290 a 310 del Código Penal.
Incluyen: administración desleal, apropiación indebida de bienes de la sociedad, falsedad contable y documental, y otras conductas gravemente perjudiciales para la sociedad.

La administración desleal se centra en la gestión negligente o dolosa, mientras que la apropiación indebida requiere la apropiación directa de bienes.

3. ¿Qué es la falsedad contable y documental en el ámbito societario?

Se refiere a alterar libros, cuentas o documentos mercantiles para ocultar pérdidas, inflar beneficios o engañar a socios, inversores o autoridades.

  • Artículos aplicables: 297 y 298 CP.

  • Ejemplo práctico: presentar balances inflados para captar inversión externa.

  • Jurisprudencia: STS 154/2019, reconoce la intencionalidad dolosa como requisito esencial.

4. ¿Qué son los delitos societarios agravados?

Los delitos societarios agravados incluyen cualquier conducta ilícita cometida con abuso de confianza, poder de representación o actuación coordinada que cause perjuicio grave.

  • Ejemplo: desviar fondos de la sociedad a empresas vinculadas por varios miembros de la junta directiva (STS 256/2016).

  • Consecuencia: penas más elevadas y posible responsabilidad civil derivada.

5. ¿Qué es la tentativa de delito societario?

Ocurre cuando se inicia la conducta ilícita pero no se consuma por causas ajenas al autor.

  • Ejemplo práctico: intento de manipular balances detectado a tiempo por auditores internos.

  • Jurisprudencia: STS 221/2015 reconoce la tentativa y permite sanción penal, aunque no se haya consumado el daño.

7. ¿Quién puede ser responsable de un delito societario?

Pueden ser responsables:

  • Administradores y consejeros

  • Apoderados y gestores

  • Socios o inversores que actúen con dolo

  • Asesores externos o colaboradores que participen en la conducta ilícita

La autoría puede ser directa, mediata o cooperativa, siendo cada tipo de responsabilidad crucial para una estrategia de defensa.

8. ¿Cuál es la relación entre delito societario y responsabilidad civil?

El autor de un delito societario no solo enfrenta sanción penal, sino que también puede ser obligado a restituir los daños causados a la sociedad o a terceros afectados.
Ejemplo: un administrador que desvió fondos puede ser condenado a devolver el dinero y pagar intereses o daños adicionales.


Estos ejemplos muestran cómo la jurisprudencia reconoce diferentes grados de responsabilidad, desde la autoría directa hasta la cooperación necesaria o la tentativa.

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