Delito de Amenazas | RAKH Abogados – Defensa Penal Especializada
En RAKH Abogados, somos expertos en defensa penal de delitos de amenazas, coacciones y delitos graves. Nuestro despacho combina experiencia, conocimiento jurídico y estrategia procesal para proteger los derechos de nuestros clientes frente a acusaciones penales que pueden tener consecuencias graves en libertad, reputación y responsabilidad civil.
¿Qué es el delito de amenazas?
El delito de amenazas se encuentra regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal español. Se considera amenaza cualquier manifestación verbal, escrita o gestual que provoque temor a la víctima de sufrir un mal futuro e injusto, ya sea físico, patrimonial o moral.
No es necesario que la amenaza se cumpla: basta con que la víctima experimente miedo o intimidación. Las amenazas pueden ser simples o agravadas, dependiendo de circunstancias como el uso de armas, la relación con la víctima o la intención de causar especial sufrimiento.
Elementos jurídico-penales del delito de amenazas
Para que un hecho sea considerado delito de amenazas, deben concurrir los siguientes elementos:
Elemento objetivo:
Manifestación de intimidación, ya sea verbal, escrita, digital o mediante gestos.
Capacidad de generar temor real en la víctima.
La amenaza puede dirigirse a la víctima directa o a personas cercanas.
Elemento subjetivo:
Dolo directo o eventual: intención de causar miedo o intimidación.
Motivación agravante: cuando la amenaza se realiza con ensañamiento, por motivos discriminatorios o hacia personas vulnerables.
Modalidades y formas agravadas:
Amenazas con arma: incrementa la gravedad del delito y la pena.
Amenazas graves o terroríficas: que generen un peligro concreto y real.
Amenazas a menores, ancianos o personas con discapacidad: agravan la responsabilidad penal.
Coacciones como forma compleja: cuando las amenazas se utilizan para forzar conductas o decisiones de la víctima.
Penas y consecuencias legales
Amenazas simples: multa o prisión de 3 a 6 meses.
Amenazas graves: prisión de 6 meses a 2 años.
Amenazas con agravantes especiales: prisión de 1 a 5 años, además de responsabilidad civil por daños y perjuicios a la víctima.
Jurisprudencia relevante:
STS 102/2018: reconoce la responsabilidad penal por amenazas verbales reiteradas.
STS 215/2019: condena por amenazas con arma blanca, confirmando la agravación por el instrumento empleado.
STS 187/2017: amenaza agravada a menor, destacando la relevancia de la protección de víctimas vulnerables.
La importancia de una defensa especializada
En RAKH Abogados, sabemos que cada caso de amenazas es único. Una defensa técnica adecuada puede:
Analizar pruebas y contextos de las amenazas.
Valorar posibles atenuantes o eximentes.
Preparar recursos y estrategias legales para minimizar condenas y responsabilidades civiles.
Garantizar el respeto a tus derechos fundamentales durante todo el proceso.
Contacta con RAKH Abogados
Si has recibido una acusación por delito de amenazas o estás siendo investigado, contacta con nosotros de inmediato. Nuestro equipo de abogados penalistas expertos en delitos graves te ofrecerá asesoramiento confidencial y defensa estratégica, protegiendo tu libertad y derechos.
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